Producciones de largometrajes y cortometrajes, u otras obras audiovisuales (series de ficción, animación, documentación), con independencia de su nacionalidad, definidas en el art. 66 quater Uno NFIS.
Que hayan obtenido un certificado de interés cultural
emitido por el ICAA, organismo correspondiente en la CCAA de Bizkaia, o por otro organismo equivalente situado en un Estado miembro de la UE.
Y, que depositen una copia nueva de la obra en la
Filmoteca Vasca o en instituciones u organismos
competentes a estos efectos.